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El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, condenó este martes a Jonathan Matías Quiroga, a la pena de 7 años de prisión efectiva, pero por una condena anterior, se le unificó la pena en 13 años. En tanto que, a la madre del niño, la condenaron a 5 años de prisión efectiva.

Pasadas las 14, los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla, dieron a conocer el veredicto del juicio que comenzó el lunes donde se buscaba determinar la responsabilidad penal que le cabía a la pareja que provocó heridas en el cuerpo del hijo de la mujer.

Jonathan Matías Quiroga fue condenado a la pena de 7 años de prisión efectiva, como autor material y penalmente responsable del delito de lesiones graves, calificadas por ensañamiento reiteradas en un numero indeterminado de ocasiones, por los hechos cometidos aproximadamente desde septiembre de 2016 y hasta el 5 de marzo de 2017, en perjuicio de un menor de edad.

No obstante, el Tribunal le unificó la pena con la ya unificada de 6 años y 8 meses de prisión impuesta por el mismo Tribunal el 18 de octubre de 2017, de una causa por defraudación, y la de 4 años y 2 meses de prisión, por el Juzgado Correccional del Distrito Judicial Sur, en la pena única de 13 años de prisión.

Asimismo, lo declararon reincidente por segunda vez.

Por su parte, la madre del niño menor de edad, fue condenad a la pena de 5 años de prisión por el delito de abandono de persona, doblemente agravado por el vínculo y por grave daño causado a la víctima, por los hechos ocurrido entre septiembre de 2016 y el 5 de marzo de 2017; en perjuicio de su hijo de tan sólo cinco años de edad.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 5 de diciembre a partir de las 19.

En la instancia de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal, Doctor Eduardo Urquiza había solicitado 7 años de prisión, tanto para Quiroga como para la mujer, mientras que el Defensor ante el STJ, Doctor Gustavo Ariznabarreta, pidió la absolución de Quiroga al considerar que “la prueba no era suficiente”, y la Defensora Pública, Doctora María Eugenia Díaz, pidió a los jueces tener en cuenta el contexto de vida de la mujer.

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