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USHUAIA.- El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur condenó este lunes a Fabián Matías Veliz (34) a cumplir la pena de 7 años de prisión por hallarlo autor y materialmente responsable del delito de robo doblemente agravado por el uso de arma, y por la intervención de un menor de 18 años de edad, por el hecho cometido el 20 de marzo en horas de la noche, en perjuicio de Jeremías Nahuel Pérez.

 

Además le revocó el beneficio de libertad condicional del que estaba gozando al momento del hecho aquí juzgado -concedida el 23 de junio de 2017-, en el incidente de libertad condicional, respecto de la pena de 5 años y 7 meses de prisión impuesta con anterioridad. Por ello le unificó la pena a 11 años de prisión y lo declaró reincidente.

 

Para Jorge Matías Arcos Álamo (27) le aplicó condena de 5 años y 6 meses de prisión como autor y materialmente responsable del delito de lesiones leves y amenazas en concurso real, con robo agravado por el uso de arma, por los hechos cometidos el 11 de enero en perjuicio de Jeremías Bringiotti y Natalia Tejero, y el 20 de marzo en perjuicio de Jeremías Nahuel Pérez.

 

Los magistrados dispusieron para Arcos Álamo el cumplimiento efectivo de la pena unificada de 3 años de prisión en suspenso, por sentencia firme del 22 de agosto de 2017, y le unificó la pena a 7 años de prisión de cumplimiento efectivo.

 

En tanto que al tercer imputado, Guillermo Pablo Benítez Caffe (28) el Tribunal lo absolvió del delito de robo doblemente agravado.

 

Los 3 hombres enjuiciados estaban acusados de haberle sustraído el celular a un joven, ejerciendo violencia física y utilizando un cuchillo.

 

El 20 de marzo pasado, los tres hombres, en compañía de una joven, menor de edad –a la que el Juzgado de Familia y Minoridad Nº 1 del Distrito Judicial Sur, le otorgó la probation (suspensión de juicio a prueba)-, “previo acuerdo de voluntades y división de tareas se apoderaron ilegítimamente, con violencia física en las personas y el uso de armas blancas, del teléfono celular de Jeremías Pérez”.

 

Según lo relatado en el juicio y el requerimiento de elevación a juicio, efectuado por el Fiscal Fernando Ballester Bidau; la víctima Pérez y un amigo de él, Sebastián Hugo Márquez, debían encontrarse con la menor de edad en la intersección de Tolhuin y Carlos Gardel.

 

Al llegar a esa dirección, observaron a la joven a bordo de un vehículo de alquiler, que estaba siendo conducido por Benítez Caffe. Allí, Pérez intentó abrir la puerta trasera para que bajara la  adolescente, a la vez que su amigo le reclamaba a la joven que descendiera del automóvil.

 

Sin embargo, en ese ínterin, Pérez y Márquez, comenzaron a ser agredidos físicamente por los imputados Veliz y Álamos, por la espalda, con la “empuñadura de un dos cuchillos de grandes dimensiones, en la zona de las cabezas”, describió el Fiscal en su exposición.

 

Luego de un forcejeo entre las partes, Jeremías Pérez, recibió una herida de arma blanca, tras ser golpeado en el piso por los agresores.

Finalmente, Pérez pudo liberarse de la agresión y se dio a la fuga, al igual que lo hizo Márquez, y ambos se encontraron en el domicilio del segundo, sito en la calle Río Gallegos, desde donde dieron aviso a Emergencias.

 

El Tribunal de Juicio en lo Criminal fue presidido por el Juez Maximiliano García Arpón, con las vocalías de los doctores Alejandro Pagano Zavalía y Rodolfo Bembihy Videla.

 

El Fiscal Fernando Ballester Bidau representó al Ministerio Público Fiscal y la defensa de los imputados Jorge Matías Arcos Álamo y Fabián Matías Veliz, la ejerció el Defensor José María Fernández López, mientras que a Guillermo Pablo Benítez Caffe, lo asistirá el letrado Ignacio Jordá.

 

 

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