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La sentencia condenó a esa mujer a la pena de un año de prisión de efectivo cumplimiento al ser considerada autora penalmente responsable del delito de lesiones leves reiteradas agravadas por el vínculo.

La mujer recibió una condena de prisión efectiva, debido a que en mayo de 2015 había recibido una condena de 6 meses de prisión por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo por el hecho cometido entre las últimas horas del día 1º de agosto de 2013 y las 15 del día 2 de agosto de 2013 en perjuicio de su hija.

Al momento de dictar sentencia, la magistrada resolvió que hasta tanto quede firme la resolución, el juez de Familia y Minoridad Nº 2, Dr. Marco Mellien “evalúe si los niños pueden o no entablar vínculos/visitas y/o bajo qué modalidad con su progenitora, en tanto no corran ningún riesgo hacia sus personas”.

Además, ordenó que la mujer continúe con el tratamiento psicológico que venía realizando, para abordar su personalidad “impulsiva y el rol materno, debiendo finalizar el mismo, en razón de las conclusiones de las peritos forenses”. 

La mujer condenada (33) fue encontrada responsable de haber provocado daños en el cuerpo de sus hijas biológicas, en aquel entonces de 6 y 8 años y de su hijo de 1, a quienes golpeó con un palo de escoba, cuando se encontraban a su cuidado en la vivienda donde residía la mujer.

“No se observaron signos de padecimiento, sino de naturalización de la violencia como una modalidad más, entre otras, en la puesta de limites parentales”, había remarcado la perito quien tomó contacto con las víctimas.

Estos hechos ocurrieron entre los días 25 y 26 de abril de 2017 y resultaron víctimas los tres hijos menores de edad.

La denuncia policial la efectuó el padre de las niñas y el niño, quien se había separado de la madre hacia cinco años y además estaba a cargo de la tenencia de los hijos.

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