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Asimismo, ordenaron que el condenado se someta a un tratamiento psicoterapéutico mientras dure su disposición.

El condenado -pareja del padre de la víctima- estaba acusado de infringir el Art. 128 del Código Penal “Delitos contra la integridad sexual”. El hecho se habría producido el 13 de mayo de 2021 cuando el niño advirtió que era filmado, con un teléfono celular, mientras se bañaba en la ducha de la vivienda. Además, al imputado se le habrían encontrado imágenes de la víctima y de otros menores de edad.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el miércoles 11 de octubre, a partir de las 19 horas.

El Tribunal de Juicio lo presidió el Dr. Maximiliano García Arpón, con las vocalías de los Dres. Alejandro Pagano Zavalía y Manuel López.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el Dr. Fernando Ballester Bidau y la defensa la ejerció un Defensor Público.

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