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Mediante el proceso de Omisión de Debate, el magistrado ordenó además al Servicio Penitenciario, la inmediata liberación del condenado, dado que se encontraba privado de su libertad en la Unidad de Detención N° 1.

No obstante, deberá cumplir con las siguientes pautas de conducta, como comunicar al Tribunal de Ejecución todo cambio de residencia que efectuare; someterse al cuidado del Patronato de Liberados; abstenerse de tomar contacto directo o por cualquier otro medio (telefónico o electrónico) con su ex pareja, como así también de concurrir a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, en un radio de cuatrocientos (400) metros; y abstenerse de abusar de estupefacientes y de bebidas alcohólicas.

Por otro lado, el Juez Bramati dispuso que el condenado inicie inmediatamente un tratamiento adecuado (psicológico o psiquiátrico según corresponda de acuerdo a su necesidad o eficacia) del que deberá dar cuenta mediante constancia de inicio y evolución semestral, hasta el agotamiento del período de duración de las presentes reglas o ante la existencia de pertinente alta profesional.

También, dio intervención a la Dirección Provincial de los Derechos y Asistencia a la Victima, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, para que manera inmediata, lleve a cabo un relevamiento de la situación actual de la victima e implemente un dispositivo de orientación y contención.

El hecho tuvo lugar de madrugada, cuando el hombre provocó mediante golpes de puño en diferentes partes del cuerpo, lesiones de carácter leve a quien en ese momento era su pareja, en el interior de la vivienda que habitaban y continuó en la vía pública, donde “la arrastró por el piso, tirándole de los cabellos, mientras la golpeaba con un cinturón que poseía una hebilla metálica”, afirmó el magistrado en su sentencia.

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