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Así lo sentenció el juez del Juzgado Correccional del Distrito Judicial Norte, Dr. Pedro Fernández, con la asistencia del secretario, Dr. Juan Ignacio Garra.

El acusado fue absuelto por el beneficio de la duda, del delito de daños del que también había sido acusado.

Tras sus últimas palabras, en donde el imputado se mostró dolido por la situación y manifestó que nunca quiso causarle daño a la víctima, el tribunal resolvió dar por finalizado el debate, para emitir el veredicto pasado este mediodía.

La prisión en suspenso implica que, a pesar de que las personas acusadas hayan sido encontradas responsables del hecho cometido, el cumplimiento efectivo de la pena se deja en suspenso, con la condición de que cumplan con determinadas obligaciones que el Tribunal les imponga.

De tal modo, el magistrado determinó que el condenado deberá comunicar sus cambios de domicilio si los hubiera, abstenerse del contacto directo o por cualquier otro medio con la víctima y realizar un tratamiento psicológico informando semestralmente los avances.

Respecto a la víctima, deberá implementarse un dispositivo de orientación y contención acompañado por un seguimiento de la Dirección Interdisciplinaria de Atención Temprana (DIAT) y facilitarle a la damnificada los recursos necesarios para abordar un tratamiento psicológico acorde a sus necesidades.

Los fundamentos de la sentencia se conocerán el lunes 21 de abril, a las 13.

La fiscalía fue representada por el Fiscal Mayor del DJN, Dr. Martín Bramati y la defensa del imputado, que había solicitado su absolución, la llevó adelante el Dr. Eduardo Tepedino.

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