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RÍO GRANDE.- El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte, condenó este miércoles a Daniel Alexis Jaime a la pena de 2 años de prisión de cumplimiento efectivo, por el delito de daño agravado. Además, ordenaron al Servicio Penitenciario que conjuntamente con la Secretaría de Salud Mental y Adicciones de la Provincia, el condenado reciba tratamiento integral especializado. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 4 de septiembre, a partir de las 13 horas.

En horas del mediodía los jueces del Tribunal presidido por el Doctor Eduardo López, y las vocalías de Juan José Varela y Daniel Ernesto Borrone le dieron la posibilidad al condenado a que expresará sus últimas palabras, pero desistió de esa posibilidad.  Más tarde el Presidente del Tribunal dio lectura al veredicto condenatorio.

A Jaime se le atribuyó el hecho que tuvo lugar en la madrugada del 16 de marzo de este año, ocasión en que habría provocado, de modo intencional, el incendio parcial de la Escuela Provincial Nº 26 “Senadores Fueguinos”, sita en calle Juan E. Ibarra Nº 65 de la ciudad de Río Grande, mediante la producción de diversos focos ígneos localizados en distintos sectores de la planta baja y superior, ocasionando daños a diversos bienes muebles y al inmueble escolar referido, propiedad del Estado Provincial.

En el transcurso del juicio oral, el Fiscal Pablo Candela consideró en alegatos que la autoría del hecho estuvo probada debido a que hubo “una serie de circunstancias como que fue encontrado saliendo del establecimiento, la ropa que llevaba puesta tenía humo, y llevaba consigo encendedores compatibles con el inicio del foco de incendio, entre otros”.

Con estos argumentos había solicitado que se lo condene a 4 años de prisión, imputando a Jaime del delito de daño agravado. Una pena similar solicitaron la parte querellante, representadas por las abogadas Violeta Coronel y Roxana Sánchez, patrocinantes del Gobierno Provincial.

Para la defensa, ejercida por el Doctor Mariano Sardi correspondía la absolución de Jaime dado el estado de inimputabilidad de su defendido, al argumentar “que no recordaba nada, y que en virtud de atravesar una depresión por su madre enferma, tomó alcohol con medicamentos, por lo que no tenía conciencia de lo que hizo”.  

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