Artículos más leídos
Continuará este martes el juicio por el incendio al edificio de una escuela riograndense

Continuará este martes el juicio por el incendio al edificio de una escuela riograndense

access_time 27 agosto, 2019

RÍO GRANDE.-  En la primera jornada del juicio oral y público por el incendio provocado en el edificio donde funcionan

Tres hombres van a juicio por el delito de robo agravado

Tres hombres van a juicio por el delito de robo agravado

access_time 3 abril, 2019

USHUAIA.- El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur, dará inicio este jueves 4 de abril, al

Muchnik y Battaini participaron del taller de abordaje sobre casos de abusos sexuales infantiles y adolescentes

Muchnik y Battaini participaron del taller de abordaje sobre casos de abusos sexuales infantiles y adolescentes

access_time 21 septiembre, 2018

SAN LUIS.- El Presidente del Superior Tribunal de Justicia, Doctor Javier Darío Muchnik y la Doctora María del Carmen Battaini,

Fallan a favor de una mujer que fue despedida luego de ser agredida por su pareja en el ámbito laboral

access_time 6 mayo, 2024

RÍO GRANDE. – El titular del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo N° 2 del Distrito Judicial Norte, Dr. Fernando Cayzac, dictó sentencia el pasado 26 de abril a favor de una mujer que fue despedida tras ser vulnerada por su pareja en la puerta del comercio donde trabajaba.

El empleador la notificó de su “despido con causa” en virtud de los acontecimientos mencionados, argumentando que los mismos ponían en riesgo la integridad del resto de sus empleados y perjudicaban la imagen comercial de su emprendimiento.

En su fallo el Dr. Cayzac, consideró que en este caso “la decisión del empleador responde a una visión estereotipada y prejuiciosa según la cual la mujer víctima de violencia de género participa en la responsabilidad de esa situación”.

En esa línea, remarcó que “el empleador optó por cortar de la parte más delgada, excluyendo a la víctima, desentendiéndose de su situación, tomando una decisión que, al menos, no considera plenamente, la dignidad del trabajador”.

El juez concluyó su argumento al sostener: “El derecho, y más aún la dignidad inherente al ser humano, nos exige concebir, no sólo a los funcionarios públicos, sino a todos los que integramos la sociedad, soluciones que incluyan a las personas especialmente vulnerables como lo son las mujeres víctimas de violencia de género”.

Ahora, la victima deberá percibir una indemnización que incluye el daño moral percibido por la parte empleadora.

folder_openAssigned tags
content_copyCategorías