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El formulario estará disponible en el Sitio Oficial del Poder Judicial www.justierradelfuego.gov.ar en la parte superior del lado derecho, el que se podrá completar antes de las 9 hs.

Una vez completado el formulario, le llegará una notificación a la Dirección Pericial quien se encargará de fiscalizar los casos de COVID positivo y de aislamiento preventivo por contacto estrecho, y al Área de Personal que deberá dar aviso al titular de la dependencia para que asigne, en caso de corresponder teletrabajo.

En el mismo formulario -que reviste como en carácter de declaración jurada-, deberá adjuntar el certificado emitido por las autoridades del Ministerio de Salud, que de cuenta si es COVID positivo o contacto estrecho conviviente.

Aquellas personas que sean COVID-19 positivo serán consideradas en los términos del Art. 29 del R.O.F.P. -enfermedad por corto tratamiento-, mientras que las que sean contacto estrecho conviviente trabajarán desde sus domicilios bajo la modalidad de teletrabajo, si el titular de la dependencia así lo considera teniendo en cuenta el estado de salud de cada persona.

En ambos casos, el aislamiento debe ser de 7 días, en tanto que a los 3 días siguientes pueden retornar a sus puestos de trabajo, siempre extremando los cuidados preventivos. 

Con motivo de facilitar la labor de las dependencias intervinientes y de trabajar colectivamente, se solicita a magistrados/as, funcionarios/as y empleados/as que registren su huella en el control de ingreso a los edificios judiciales, con posterior colocación de alcohol en gel.

En consecuencia, se podrá visualizar que quien no marcó su huella es porque se encuentra de licencia, teletrabajo o que completó el formulario de COVID-19 positivo.

Todo ello, en función de que 12 de enero de 2022, el Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Salud, aprobó la Resolución Nº 68 mediante la cual se definieron nuevos criterios de testeo y aislamientos ante casos sospechosos o confirmados por COVID-19.

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