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Un hombre de 21 años de edad, identificado con las iniciales R,.M.B, con el objetivo de preservar a la víctima, fue condenado a la pena de 9 meses de prisión cuyo cumplimiento quedó en suspenso.

En Juez Correccional del Distrito Judicial Norte, Martín Bramati consideró al joven autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas, en perjuicio de su ex pareja.

El Fiscal interviniente, Pablo Candela, imputó al condenado al atribuirle la responsabilidad de un hecho ocurrido el 7 de febrero de 2015 en el interior de una vivienda de la ciudad de Río Grande.

En tal oportunidad, el imputado le propinó golpes de puño y patadas a la víctima, lo que le provocó diversas lesiones; según se describe en la certificación médica correspondiente.

El  agente fiscal, luego de proponer la omisión de debate, afirmó que el hecho ilícito llevado a cabo por el imputado se encontraba plenamente probado, y solicitó que se le imponga la pena de 9 meses de prisión, propuesta que fue ceptada por el abogado defensor Aníbal Acosta.

Por disposición del Juez Bramati, el condenado deberá cumplir con reglas de conducta por un plazo de dos años. No podrá tomar contacto directo o por cualquier otro medio ya sea telefónico, electrónico, epistolar o internet con su ex pareja, su grupo familiar conviviente y sus bienes.

Tampoco podrá concurrir a su domicilio o lugar de trabajo en un radio de 400 metros; deberá abstenerse de abusar de estupefacientes y bebidas alcohólicas; tendrá que comunicar al Tribunal de Ejecución todo cambio de residencia que efectuase; y someterse al cuidado del Patronato de Liberados.

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