Artículos más leídos
El Juzgado Electoral resolvió la acción de amparo presentada por asociaciones de mujeres de Ushuaia

El Juzgado Electoral resolvió la acción de amparo presentada por asociaciones de mujeres de Ushuaia

access_time 21 mayo, 2018

Ushuaia.- El Juez Electoral de la Provincia de Tierra del Fuego, Doctor Isidoro Aramburú, resolvió este viernes 18 de mayo, la

Los jueces del Superior Tribunal de Justicia recorrieron el avance de obra del nuevo edificio del STJ

Los jueces del Superior Tribunal de Justicia recorrieron el avance de obra del nuevo edificio del STJ

access_time 16 septiembre, 2019

USHUAIA.- Acompañados por el ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Dr. Germán Garavano, los jueces María del

Juicio por abuso sexual ingresa a la etapa de alegatos

Juicio por abuso sexual ingresa a la etapa de alegatos

access_time 31 agosto, 2022

RÍO GRANDE.- El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte dará inicio, a partir del jueves 1

La Fiscalía requirió la instrucción sumaria por hallazgo de un feto

access_time 6 septiembre, 2017

El Ministerio Público Fiscal del Distrito Judicial Sur, requirió la instrucción sumaria por la causa en la que se investiga el hallazgo de un feto, en el interior de la Planta de tratamiento de líquidos cloacales, ubicada camino al Aeropuerto Internacional de Ushuaia.

El Fiscal Nicolás Arias, requirió la instrucción sumaria por el hecho consistente en haber causado la muerte del feto –con o sin consentimiento de su madre-, hallado en el interior del pileton de descarga de la Planta de tratamiento de líquidos cloacales de la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (DPOSS), ubicada en inmediaciones al Aeropuerto Internacional “Malvinas Argentinas”.

El hallazgo se produjo en horas de la mañana del miércoles 23 de agosto, desconociendo aún como llegó hasta ese lugar.

Para el representante del Ministerio Público Fiscal, el hecho se encuadra en el delito de aborto (Art. 85 del Código Penal), el que establece que el causante será reprimido con: “1º con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer; 2º con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer. El máximum de la pena se elevara a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer”.

content_copyCategorías