Artículos más leídos
Continúa la labor de la Mesa de Trabajo con representantes judiciales

Continúa la labor de la Mesa de Trabajo con representantes judiciales

access_time 10 mayo, 2021

USHUAIA.- Autoridades del Superior Tribunal de Justicia continuaron las reuniones de trabajo con representantes gremiales, generadas en el marco de

El Doctor Eduardo Olivero disertó en el “III Congreso Argentino de Justicia Constitucional”

El Doctor Eduardo Olivero disertó en el “III Congreso Argentino de Justicia Constitucional”

access_time 29 noviembre, 2018

    BUENOS AIRES.- El Prosecretario de la Defensoría ante el Superior Tribunal de Justicia, Doctor Eduardo Olivero disertó en

Apoderados de partidos políticos se interiorizaron acerca del funcionamiento de carga de candidatos

Apoderados de partidos políticos se interiorizaron acerca del funcionamiento de carga de candidatos

access_time 23 abril, 2019

USHUAIA.- El Juzgado de Primera Instancia Electoral de la Provincia de Tierra del Fuego, llevó adelante este martes una audiencia

Procesaron a la mujer que simuló el suicidio de su pareja a fines del año pasado

access_time 24 enero, 2019

USHUAIA.- La Juez de Instrucción Nº 2 del Distrito Judicial Sur, Dra. María Cristina Barrionuevo, procesó y convirtió en prisión preventiva la actual detención que vine sufriendo Claudia Concha Ávila, por considerarla autora penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo, del que resultó víctima Gustavo Ezequiel Ponce, en un hecho que ocurrió el 2 de diciembre de 2018.

De la resolución de la magistrada se desprende que Concha Ávila puso en “estado de indefensión y vulnerabilidad” a Ponce, en la habitación Nº 18 del Apart Hotel Alem de Ushuaia, a quien le provocó “golpes en la cabeza y en los testículos”.

En el primer caso habría utilizado un elemento duro y romo “como podría ser la piedra hallada sobre la mesada en el sector de la cocina”, y para el segundo caso, “las rodillas o puntapiés, a los fines de aturdir, afrontar o reducir la resistencia de la víctima”.

Gustavo Ponce, se encontraba bajo los efectos de la ingesta alcohólica y el consumo de estupefacientes, por lo que “las maniobras practicadas en el baño sobre el cuerpo inconsciente y prácticamente desvanecido de Ponce, no requirieron mayor esfuerzo para la victimaria”.

Luego de ello, Concha Ávila “sentó a su pareja en el inodoro y colocó el cuerpo en determinada posición, con un lazo en el cuello utilizando un elemento tipo chalina, para provocar la ahorcadura, sin dejar surco, debido a que el tiempo de suspensión habría sido de corta duración, produciéndose la muerte a las 9.05”.

La autopsia realizada al cuerpo de Ponce, arrojó que la muerte fue producida por una “asfixia por comprensión externa del cuello, por un mecanismo de ahorcadura atípica y suspensión incompleta, la que ocasiona una comprensión de las estructuras vasculares, obstrucción parcial o total del pasaje de aire por la vía aérea, provocando todo esto solo o en su conjunto a una encefalopatía anóxica y paro cardíaco”.

Gustavo Ponce (37) y Claudia Concha Avila (44), tenían una relación “enfermiza y tóxica, donde los celos jugaban un papel preponderante, que los unía y separaba, donde las agresiones físicas y verbales, el maltrato psicológico, el desmerecimiento como personas, eran recíprocos”, se describe en la resolución.

Ese modo de relación se encontraba “naturalizado”, dado que “no lograban advertir el limite para los mismos, los cuales se veían exacerbadas con la ingesta de alcohol y el consumo de estupefacientes”, continua.

Como parte de las pruebas se destaca la incorporación de un informe del Servicio Penitenciario, que da cuenta que Ponce estuvo privado de su libertad de febrero de 2016 a octubre de 2018 y que, durante ese tiempo, en dos oportunidades fue agredido por su pareja, Claudia Concha Ávila, en ocasión de haberle realizado visitas.

Además, durante los dos años y medio que Gustavo Ponce estuvo detenido, no obraron constancias de los informes penitenciarios respecto de que haya intentado quitarse la vida.

En la resolución de la Doctora Barrionuevo, consta también que si bien amigos y familiares de Ponce, reconocieron que la relación de la pareja era enfermiza, violenta, anormal y toxica, el hombre “no poseía signos depresivos y/o que estuviera pasando por una situación extraña, no teniendo conocimiento que en algún momento haya intentado autolesionarse y que, únicamente poseía problemas por consumo de estupefacientes”.

Por otro lado, se descartó situación de violencia de género previa, ya sea física o verbal que provocara la reacción violenta de Concha Ávila contra su pareja, toda vez que “esta circunstancia no fue argumentada por ella en su descargo ni tampoco se verificaron signos de violencia física reciente en su cuerpo”.

Según argumentó la Juez, Concha Avila deberá seguir detenida, a raíz de que al inicio de la causa y amen de las pruebas incorporadas y el sostenimiento de su inocencia por parte de ella misma en el suceso, se develó detrás de la muerte violenta de Ponce, una compleja y elaborada puesta en escena material y actoral, ejecutada por la mujer que tuvo por objeto simular un suicidio que indica claramente su voluntad de no someterse a la persecución penal y dificultar, entorpecer u obstaculizar la investigación policial y la administración de justicia”.

La Juez de Instrucción Nº 2, resolvió además trabar un embargo a los bienes de Concha Ávila hasta cubrir la suma de $400.000.

content_copyCategorías