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El imputado llevaba seis meses detenido, por lo que la jueza le otorgó la libertad asistida bajo reglas de conducta hasta tanto se de cumplimiento total a la pena.

La situación generada por efecto de la pandemia del COVID-19 (Coronavirus) de mantener el aislamiento social, preventivo y obligatorio, generó una novedosa adaptación del sistema judicial mediante la tecnología, y así lo hizo efectivo la jueza Maiztegui Marcó, quien comunicó su resolución por teléfono a los dos denunciantes.

Luego, por su especial protección, remitió a la mujer foto por WhatsApp de la decisión adoptada en la sentencia para que tenga conocimiento de las medidas dispuestas en su favor y puso a disposición los números telefónicos de asistencia a víctimas de violencia de género. Además remitió la sentencia al abogado defensor del imputado vía correo electrónico.

La magistrada había tomado audiencia al imputado la semana pasada mediante el sistema de mensajería instantánea “WhatsApp”, en virtud que el hombre se encontraba privado de su libertad y este martes lo condenó a la pena de 8 meses de prisión efectiva, por un caso de violencia de género en perjuicio de su ex pareja.

Si bien se trató de una condena a prisión efectiva, el imputado llevaba seis meses detenido, por lo que la jueza le otorgó la libertad asistida bajo reglas de conducta hasta tanto se de cumplimiento total a la pena.

Entre las reglas de conducta impuestas se destaca la prohibición de acercamiento a 100 metros hacía la mujer víctima y su novio, y los hijos de ella; prohibición de ejercer cualquier tipo de contacto a través de cualquier medio y/o persona que implique hostigación, violencia, amenaza y daño; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes y continuar el tratamiento psicológico que venía haciendo.

Hasta tanto se cumpla el total de la pena, el condenado residirá en la casa de su madre, motivo por el que también se le envió foto por WhatsApp de lo resuelto y se le explicó por teléfono la obligación de denunciar cualquier incumplimiento que cometa su hijo.

Cabe mencionar que desde el Juzgado se envió el fallo por correo electrónico al abogado defensor y al Servicio Penitenciario, institución a la que se remitió también fotocopia certificada de la sentencia mediante oficio.

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