Artículos más leídos
Imputados por tentativa de homicidio podrán pronunciar sus últimas palabras

Imputados por tentativa de homicidio podrán pronunciar sus últimas palabras

access_time 5 noviembre, 2019

RÍO GRANDE.- El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte, resolvió pasar a un cuarto intermedio para

Prestó juramento la nueva  Prosecretaria del Juzgado del Trabajo Nº2 del Distrito Judicial Norte

Prestó juramento la nueva Prosecretaria del Juzgado del Trabajo Nº2 del Distrito Judicial Norte

access_time 13 diciembre, 2018

RÍO GRANDE.- El Juez de Primera Instancia del Trabajo Nº 2 del Distrito Judicial Norte, Doctor Hugo Fernando Cayzac, tomó

Procesan a un hombre que mantuvo cautiva a su pareja

Procesan a un hombre que mantuvo cautiva a su pareja

access_time 30 noviembre, 2022

RÍO GRANDE.- El juez de Instrucción Nº2 del Distrito Judicial Norte, Dr. Raúl Sahade procesó al hombre que mantuvo cautiva

Convocan a amparistas y técnicos ambientales de la empresa constructora del Corredor del Beagle

access_time 19 noviembre, 2019
Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial N°1 DJS: Dr. Sebastián Osado Viruel

USHUAIA.- En base al principio precautorio de la ley ambiental que le dan al juez amplias facultades ordenatorias, se citó a audiencia a los amparistas y a técnicos de la empresa que tiene a cargo el desarrollo de la obra, Juan Felipe Gancedo S.A., quienes deberán asistir con un técnico ambiental para ahondar en mayores detalles.

El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1 del Distrito Judicial Sur, a cargo del Doctor Sebastián Osado Viruel resolvió rechazar la medida cautelar pedida en el marco del amparo presentado por Gustavo Melella, Mónica Urquiza y Pablo Villegas, por la que se solicitaba la suspensión de la obra denominada “Corredor del Beagle”.

El Magistrado entendió, con cita a jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia y de la Corte Federal, que el objeto del amparo coincidía con  la pretensión cautelar, es decir, que se pedía lo mismo y ello vulnera el derecho de defensa de las demandadas.

Respecto de la cuestión ambiental, la resolución señala que la petición no acreditaba de manera preliminar una amenaza de daño concreto actual o inminente al medio ambiente o al patrimonio cultural, sino que se remitían a informes que enunciaban riesgos hipotéticos.

folder_openAssigned tags
content_copyCategorías